Día Internacional de Conciencia sobre el Ruido último miércoles de abril

Paz

Alfonsina Storni
Vamos hacia los árboles... el sueño
Se hará en nosotros por virtud celeste.
Vamos hacia los árboles; la noche
Nos será blanda, la tristeza leve. Paz

Vamos hacia los árboles, el alma
Adormecida de perfume agreste.
Pero calla, no hables, sé piadoso;
No despiertes los pájaros que duermen.

.

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Anidando en el porche

miércoles, 22 de diciembre de 2010

“Enseñarás a volar...pero no volarán tu vuelo”

Doraldina Zeledón Úbeda
END - 21:01 - 21/12/2010

Pero sabrás
que cada vez que ellos vuelen, sueñen,
vivan, canten y piensen...

¡Estará en ellos la semilla
del camino enseñado y aprendido
!

Madre Teresa de Calcuta

Desde mi opción por el magisterio, conocí a la profesora Socorro Bonilla. Tuve el placer de ser su alumna en la asignatura “Técnicas de expresión oral”, en la carrera de español. Sí, era placer, porque fue una clase muy bonita. Y exigente. Me gustaba observarla, siempre andaba elegante. Su postura, su vestido y accesorios, sus palabras, todo en ella armonizaba. Su sola presencia hablaba.

Eran sesiones durante las cuales nos daba de todo: rigor, arte, ciencia, sentimientos. Me gustaba, a pesar de la tensión; pues como es lógico, había que expresarse de forma oral. Y cada día sudábamos, esperando que nos llegara el turno de pasar adelante para leer, describir, narrar o argumentar algo. Con ella conocí la declamación coral. Decía que los profesores y las profesoras deberíamos ser artistas.

Lo bonito y lo exigente era aprender a comunicarnos con la voz, el cuerpo, los desplazamientos, la distancia o la cercanía, la mirada, los gestos, el silencio, el sentimiento, la vestimenta, la postura, el formato y tipo de papel que contenía nuestro mensaje; el arreglo del escenario para que no interfiera la comunicación, sino que la permita y la refuerce. Y el uso correcto de las palabras, los sinónimos para evitar el empobrecimiento del lenguaje. Desde encontrar la “palabra exacta”, la estructura de la oración, hasta llegar al discurso, a la organización del pensamiento y su coherencia y enriquecimiento con la expresión oral. Y la coherencia con el ser. Además de todos los requisitos de la forma, las lecturas que seleccionaba tenían un contenido profundo. Recuerdo “El ruiseñor y la rosa” o “Que despierte el leñador”. Las técnicas del discurso se hermanaban con el mensaje para marcar huellas poderosas. Por supuesto, se necesitaba la práctica y dominio del tema que ella tenía.

No olvido el trabajo final. Nos orientó un discurso sobre un escritor nicaragüense. Yo elegí al Dr. Alejandro Dávila Bolaños, que recién lo había matado la guardia de Somoza, de forma terrible. Escribí sobre su vida, la obra y su muerte (lo sacaron del hospital, igual que a otros, los rociaron con gasolina y los quemaron vivos). Recuerdo que cuando leía mi trabajo, se me rodaban las lágrimas, y al ver al público, observé que a varias compañeras les pasaba lo mismo. Era algo muy fuerte y reciente; y me recordaba a familiares y conocidos que murieron durante las insurrecciones de Estelí. Todavía el ruido de los helicópteros rozando el zinc y las miradas de los guardias, me electrizaban la columna. Pensé que no estaba en condiciones de aplicar las técnicas. Y le dije: profesora, ya no puedo seguir. Se me acercó y me contestó, sí puede, lo está haciendo muy bien. Vamos, continúe. Pude contener la emoción y terminé (llorando).

Fue una asignatura que me marcó, además de ser una clase agradable, es útil en todas las profesiones y en cualquier ámbito de la vida. Y sin lugar a dudas, el hecho de aprender a callarme para poder escuchar y observar, fue otro de los elementos que me indujeron a valorar el silencio. O más bien, la ausencia de sonidos molestos, porque el silencio absoluto no existe. Entre más nos callemos, más sonidos escucharemos, inclusive el pensamiento y los sentimientos del interlocutor. Y las voces de nuestro corazón o las que claman sin hablar. O el canto apagado del ruiseñor.

Y cuando en la Universidad me preguntaron si quería impartir la asignatura para la carrera de Periodismo, no la pensé y lo primero que hice fue buscar los folletos de la profesora Socorro Bonilla y hacer mi adaptación. Al evaluar la clase, me preguntaba ¿cómo me evaluaría ella ahora? Porque nos enseñó a volar, pero jamás volaremos su vuelo.

Gracias, Profesora, que un coro de ángeles haya aplaudido a su llegada. Que tenga el escenario ideal para descansar feliz y en paz.

sábado, 18 de diciembre de 2010

Paradojas de la fe con pólvora

Doraldina Zeledón Úbeda
END - 19:50 - 17/12/2010

Creía que la iglesia católica no podría evitar la explosión de pólvora, que si le pidiera a la población que no dispare cohetes, ésta siempre lo haría. Un sacerdote me aclaró: cuando comenzaban los rezos de la Purísima, lo escuché invitando a sus feligreses, desde una radioemisora. Decía que a las cuatro de la madrugada comienzan a tirar cohetes para que la gente se concentre, pero que la procesión comenzaba a las cinco. Las primeras detonaciones son el reloj despertador... ¡Pudieran dejarme dormir una hora más! Creía que la pólvora no era asunto de los párrocos porque cuando pasa la procesión el cura pide a María por “la salud de los que viven en este sector”.

Nos despiertan con el ruido, contaminan con el olor y las partículas, nos ponen en riesgo con las varillas de los cohetes que, todavía con fuego, caen sobre el zinc, quedan entre los árboles, se clavan en los patios y hasta se ensartan en la ropa tendida. Esto puede herir a alguien o generar incendios, como sucedió en los tramos de pólvora, causado por un cohete que cayó en el patio. Así, mientras piden por la salud, afectan el medioambiente y la salud.

¿Será imposible hacerlo sin pólvora y sin parlantes? Un día pasó una procesión diferente. Me llamó la atención y salí a ver. ¡Qué bonito se escuchaban las voces humanas puras! Y eran más claras que cuando pasan con los parlantes, que anulan las voces de la gente, dejando oír sólo la del cura.

La Policía asegura que la venta y uso de pólvora se haga sin problemas, que no haya quemados ni incendios. ¿Y la contaminación atmosférica? ¿Y el olor que queda en las calles y encerrado en las viviendas? ¿Cuánta gente salió afectada por el ruido? ¿Cuánto estrés causa? Y no es un día, se juntan los rezos a la Purísima, la Virgen de Guadalupe, al Niño Dios y por Año Nuevo.

“Policía: Exitoso “Plan María” 2010”, decía un titular. ¿Es un éxito contaminar el ambiente? ¿Es un éxito enfermar por ruido y con todos los contaminantes que componen la pólvora? En nota sobre el trabajo de los Bomberos, se cita que “el manejo de la pólvora ha estado efectivo”. Si contamina y afecta la salud, ¿habrá manejo efectivo? Además, “sólo hubo siete incendios” por “malas prácticas”. Por buenas prácticas, ¿algún periodista preguntó cuántas pérdidas de audición hubo? Claro, como dice un amigo, la pérdida de audición no es tan espectacular como ver los dedos de la mano volando por el aire.

El Ministerio de Salud se prepara para atender a los quemados. ¿Cuántos también tuvieron pérdida de audición? ¿Cuántos de los que llegan por problemas respiratorios fue por causa de la contaminación? ¿Cuánta presión arterial alta fue a causa del ruido? Cuánta acidez estomacal, náuseas, dolor de cabeza, etc. Sería interesante tener estadísticas.

La Procuraduría Ambiental dice que para ella “el ruido es una prioridad”. Y ha invitado a la población para que denuncie. ¿Por qué no incidir para la prevención en vez de esperar que se queje? Cuando la gente reclama es porque ya el problema se dio y es insoportable; es decir, porque quienes tienen la obligación de prevenir, han fallado. Desde que invitan a denunciar es porque poco hicieron para evitarlo.

El Instituto de Turismo podría impulsar celebraciones sin pólvora, pero ya hasta sobre las aguas del Río San Juan estalló el ruido. A lo mejor también retumbó en el Cañón de Somoto. Y la Alcaldía, responsable por el medioambiente y la salud de los habitantes de su municipio, ¿qué hace para evitar el ruido? Podría fomentar actividades sin amplificadores y sin pólvora.

Y en algunas noticias pareciera que los Medios la promueven, como sucede con la nota titulada “Cuidado con la pólvora de baja calidad. La del dragoncito es la original.” Según la ¿información? ¿publicidad?, esta marca es mejor, no como las “que ponen en riesgo a las personas que manipulan esta pólvora y a la población en general”. La otra, la “buena”, ¿no pone en riesgo el medioambiente y a las personas? Inclusive se recuerda que esta marca “de buena calidad” da instrucciones para manejarla: “en los combos de pólvora que ellos diseñan para niños, jóvenes y adultos viene un menú instructivo donde se indica cómo se debe usar”. Me da la impresión que la redactó el dragoncito.

Así, en medio de contradicciones, con ruido y pólvora le cantamos a la Embajadora de la Paz. Y, desde el Estado laico, se celebra como un acto religioso.

Pero es alentador saber que Nagarote se perfumó con el olor de la flor del madroño para recibir a María y a su Niño: en vez de cortarlos para adorno, sembró más. Ojalá que el Alcalde vele para que el gris olor a pólvora no manche el blanco olor de nuestro árbol nacional. Y que los ruidos estruendosos no enmudezcan los arrullos de la Madre para que nuestro Pipito lindo pueda dormir en Nagarote.


Pintura de Leoncio Sáenz

¿Qué hacer ante la complicidad y omisión de las autoridades?
- Aléjese del lugar donde se explota la pólvora
- Use tapones auditivos
- Donde la contaminación atmosférica es mucha, o si tiene problemas respiratorios, use mascarillas
- Proteja a los niños y a personas mayores
- Proteja a su perro
- Para la próxima, podemos promover celebraciones con coros, sin pólvora y sin parlantes. Cada iglesia, cada escuela, cada barrio podría formar sus grupos. Sería maravilloso oír voces humanas armonizadas en las procesiones y en los altares.


¡Feliz Navidad! Y un Año Nuevo con menos ruido.

http://www.elnuevodiario.com.ni/opinion/90559

sábado, 23 de octubre de 2010

Autocontrol del ruido

Doraldina Zeledón Úbeda

END - 19:34 - 22/10/2010

No hay nada como imaginar para crear futuro,
ya que lo que hoy es utopía será carne y sangre mañana.
Julio Verne
¿A qué empresa le gusta que le digan que es ruidosa, que violenta los derechos y que enferma? Y peor, que la denuncien. A todas les gusta tener una imagen de prestigio. Que son respetuosas del medio ambiente y los derechos humanos. Algunas tienen esto dentro de sus principios, pero a lo mejor la imagen declarada no es la real. Por ejemplo, algunas apoyan actividades sociales y ambientales, sin embargo, instalan grandes parlantes en las aceras.

Igual pasa con las iglesias evangélicas. Oran por la salud y bienestar de las personas. Las visitan en los hospitales. Son solidarias, no esperan que un enfermo los llame o que los familiares les paguen una oración por un ser querido que pasó a mejor vida. Tampoco andan con prisa. Pero la gente se queja por el ruido. Algunas congregan pocas personas, quizás diez, no necesitan micrófono. Sin embargo, tienen grandes amplificadores de sonido, y afectan el vecindario. Sus buenas acciones son contrarrestadas por el ruido. Quizás por esto algunas han comenzado a controlarlo.

Me contaba una profesora que su iglesia la han acondicionado para no molestar. Seguro que otras seguirán su ejemplo. Y si ya se convencieron de que el ruido afecta, luego instalarán un sistema de sonido que tampoco los afecte a ellos. Que no deje sordos a los que están cerca de los parlantes. Una señora decía que no pueden acondicionar porque son pobres; sin embargo, compran los grandes parlantes. Con ese dinero podrían cerrar bien, instalar cielorraso, para disminuir el nivel sonoro en el vecindario. Las iglesias pequeñas podrían juntarse y construir un solo edifico, con condiciones, no sólo por el ruido, sino para tener más espacio durante sus actividades de convivencia y poder actuar con libertad para orar y expresar su júbilo de la forma que quieran, sin afectar a los demás.

Otra me dijo que a veces la gente se queja por nada, que para sobrevivir hay que ser tolerantes. Sí, entendiendo tolerancia como respeto a las ideas y prácticas diferentes. Pero la normal tolerancia tiene un límite, y entonces tolerar sería sufrir, permitir algo que nos afecta o que transgrede las normas. “Nadie puede eludir la observancia de las leyes, ni impedir a otros el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes, invocando creencias o disposiciones religiosas”, dice el artículo 69 de la Constitución.

Y un evangélico se quejaba de otra iglesia evangélica que lo desveló. Son unos bárbaros, decía. Cuando se vive la experiencia, sabemos que no son necedades sino realidades que llevan a la desesperación. Quien tiene una fuente de ruidos cerca, probablemente se enfermará. Hay personas que para comunicarse por teléfono buscan a donde ir, pues desde su casa no pueden. Algunas se van para mientras pasa el culto. Otras amanecen desveladas por la música de la discoteca y las películas del vecino. O pasan aturdidas todo el día por el ruido de un taller, los ladridos del perro, la música de un comedor o los pitazos de los buses.

También las iglesias católicas deberían revisar su sistema de sonido, pues aunque tienen mejores condiciones y espacio, afectan a sus feligreses ya que el sonido es tan intenso, que las bancas vibran y los decibeles golpean los oídos. Y no digamos las explosiones de pólvora, apañadas como tradición. O más bien, amparados en ésta, perpetuamos costumbres dañinas. Si la ciencia nos dice que el ruido enferma, ¿por qué no buscar opciones saludables?
Cuando empresas, instituciones, transportistas, vecinos, tengan conciencia del problema, cuando asimilen el daño que provocan, comenzarán a controlar su ruido. La situación cambiará, porque lo mejor es actuar cuando estamos convencidos, cuando realmente deseamos ayudar, o por lo menos no perjudicar. Pero con una denuncia de por medio, como que la gente se empecina a continuar con el problema. Entonces, ¿por qué no evitar el ruido? Lo mejor es el autocontrol. Sé de evangélicos preocupados. Quieren que su iglesia crezca, pero que no sea tildada de ruidosa y peor que sea demandada. Es esperanzador, por ejemplo, que un evangélico organice una conferencia sobre efectos de la contaminación sonora. O leer los comentarios de creyentes en contra del ruido en sus iglesias. Es apenas un granito de arena, pero ningún edificio se construye de un solo. Ojalá que la industria, el comercio, el transporte y el ocio se preocupen también.

Es más rápido el autocontrol a que se resuelva con una denuncia. Al menos mientras el proceso siga como diseñado para el desgaste o la renuncia, pues los afectados tienen que andar de Herodes a Pilatos y de mañana en mañana. El proceso se hace eterno y desgasta a ambas partes. Agota, implica recursos, dejar la casa sola o el trabajo Con el autocontrol nadie se sentiría acosado, se evitarían gastos, enemistades, maltratos. Se ahorraría tiempo y recursos en las instituciones. Por supuesto, si no se controlan, hay que denunciar. Sea cual sea la fuente de ruidos. Así será pareja la aplicación de la ley. Pero quien no reclama sus derechos, que no queje después. Y quien continúe haciendo ruido, que tampoco se queje cuando lo denuncien.

http://www.elnuevodiario.com.ni/opinion/86254

viernes, 3 de septiembre de 2010

Los ruidos en la Managua de los años 40 y comienzos de los 50

Hoy (3sep-2010) recibí una triste noticia: falleció un amigo y también amigo de la tranquilidad: el arquitecto Sergio Espinosa, managua por los cuatro costados, como él decía. Don Sergio vivió por muchos años en Canadá, en compañía de su esposa, doña Maritza, y falleció en su añorada ciudad. Me quedó el gusto de haberlo conocido y compartir ideas y esperanzas. También pude disfrutar algunos de sus poemas y pinturas. Espero que nos encontremos algún día en un lugar sin ruidos, para conversar "largo y tendido", como lo teníanos pendiente. Dejo aquí uno de sus artículos, que fue publicado por El Nuevo Diario. Doraldina.

Los ruidos en la Managua de los años 40 y comienzos de los 50
Sergio Espinosa*


Atendiendo una gentil solicitud, quiero referirme en unas cortas notas al ruido ambiental en la Managua de los años 40. Como nací en 34, y siendo de Managua por los cuatro costados, creo que algo puedo aportar sobre el tema. Toda mi niñez y comienzos de la adolescencia transcurrieron en esa década y en la siguiente. Viví durante ese tiempo, del 34 a comienzos de 52 en el barrio de Candelaria. En 52 partí para México, donde permanecí hasta 1957. Entonces regresé y me quedé en Managua hasta junio de 93 en que me volví a ir y ya no regresé más. Escribo atenido nada más a la memoria, todo lo que ese archivo personal me irá dictando y sólo con referencias al primer período citado. No consulté ninguna otra fuente, pero quiero mencionar y agradecer a mi tío Julio Gutiérrez Rivera, más o menos contemporáneo mío, quien me ayudó en este repaso de aquellos días.

No era bulliciosa la Managua de esa época. Los sonidos cotidianos más estridentes eran los pitazos que marcaban las entradas y salidas de los trabajadores en sus labores diarias. Los pitazos estaban a cargo de la Cervecería, la Planta eléctrica, el Cuerpo de Bomberos y la Catedral. Los pitazos eran a las 6 y a las 7 am., a mediodía, a la 1 y a las 5 pm.

Otros ruidos que se sucedían en el transcurso de la jornada eran los timbrazos de los cocheros, y alguno que otro bocinazo. Como había pocos vehículos a motor el deambular de ellos por las calles y callejones de la ciudad no ofrecía problemas. Por lo demás, la vida era tranquila y muy poca gente se apuraba. El ajetreo era alrededor de la Estación del Ferrocarril y a la hora de salida y llegada de los trenes. Los pitazos de las máquinas y las campanadas de la Estación no causaban molestia y eran más bien motivo de regocijo para los vecinos a ambos lados de la vía. Ellos se salían de sus casas para ver el paso del tren. Los buses marchaban con respeto. Creo que la gente de mi edad recuerda bien los buses de dos pisos de la Carioca. Las rutas que recorrían eran: Cementerio, Colón, El Triunfo, La Aviación y Mercado. Las ambulancias y los camiones cisternas de los apaga fuegos eran también escandalosos. Siendo la población mucho más pequeña que la actual, los volúmenes de ruido eran más reducidos.

Los centros de mayor concentración de trabajo eran los mercados Central y San Miguel que quedaban juntos. Eran un problema en el centro de la ciudad por su escaso aseo. Sólo desaparecieron con el terremoto de 73. En este sitio, Santos Ramírez, que había vivido en el extranjero, inauguró el sistema de altoparlantes para promociones comerciales. Ese era un sistema de ruido perturbador, pero que gracias a la inclinación del nica por lo novedoso y escandaloso, fue aceptado y se popularizó sin que nadie se quejara. Los cines, que eran a cielo abierto con excepción del González que era techado, causaban ruido moderado que no alteraba la paz de los vecinos. Las cantinas que quedaban en el centro eran lugares más bien respetados, porque nunca alteraron el orden ni fueron lugares de trifulcas y escándalos. Eran célebres, populares y bien conocidas: Camilo Palito, la Cabaña, Panchito Melodía, La Chispa, Noche Criolla, Petit Café y otras que quedaban en el área central y eran centro de encuentro de la intelectualidad de la época: Ge Erre Ene, Manolo Cuadra, el indio Pantaleón, Rodolfo Arana, Mr. Hit y otros eran sus habitués. Yo veía con admiración y respeto la figura augusta del P. Azarías Pallais, quien se hospedaba en el hotel Primavera, muy cerca de mi casa, y muchas veces se juntaba con ellos.

El Mercado Oriental sólo comenzaba a perfilarse. El Distrito Nacional, el Palacio Nacional, cuya finalización en su construcción apenas comenzaba a servir como sede de casi todos los ministerios, y los Bancos, que eran sólo 3: el Nacional, el Banco de Londres y América del Sur, y el Banco Téfel, eran otros centros de trabajo importantes, así como la Escuela de Artes, y las oficinas de los diarios La Prensa, La Noticia, Flecha y más tarde Novedades. La Tribuna, y La Estrella de Nicaragua tuvieron corta duración.

Otras fuentes de ruido eran las amenizaciones de la banda de guerra cuando los juegos, que se efectuaban en el gimnasio, situado entonces cerca del Colegio de Doña Chepita de Aguerri. Los conciertos que ofrecía la orquesta de la Guardia Nacional en el parque central los jueves y domingos, bajo la dirección del capitán Arturo Picado.

Las pregoneras callejeras del comercio informal que a voz en cuello ofrecían sus mercaderías. Entre ellos sobresalían el afilador con su grito: “siempre se afila” …el vende aserrín, el carboneador, y el hojalatero con el suyo: “va a soldar?..” ellos tenían en común su facha de gente trabajadora, aunque despreocupados en su apariencia.

Una vez al mes, un enorme estruendo producido por el mejor avión de la FAN, un Gruman, que sólo lo sacaban para calentarlo, porque consumía mucho combustible, atraía la atención de los vecinos. Era imponente para la época y estremecía la ciudad cuando volaba.

Las partidas de ganado que eran arriadas hacia la hacienda El Retiro, atrás de la Loma, atravesaban la ciudad desde la estación, produciendo el sobresalto e hilaridad de los muchachos. Una especie de la española fiesta de San Fermín a pequeña escala.

Cohetes, bombas y morterazos en los cumpleaños, serenatas y fiestas religiosas eran algo común y no molestaban a nadie, sobre todo, las de Santo Domingo. Las matracas que sonaban para los días de la Semana Santa reemplazando las campanas que por esos días enmudecían en señal de duelo, ponían el acento trágico apropiado para la solemnidad del momento.

El aserrío de los Hernández era uno de los pocos, estaba situado cerca de la estación, junto a la casa de don Rafael Gutiérrez, progenitor de una distinguida familia. No recuerdo si usaban una circular o una sinfín, pero sí suena en mis oídos aún ese ruido especial del afilado metal cortando la madera.

Y termino con una nota romántica esta página nostálgica: un recuerdo de los alcaravanes que en los grandes patios jardinados de las casas solariegas de entonces, daban la hora, hermoseaban el ambiente, depredaban los mosquitos y servían de guardianes, porque avisaban la presencia de un extraño.

Esa era Managua de aquellos años. Nunca como ahora siento que fue un pasado mejor y más sano, pero que por desgracia, no volverá jamás.

Montreal, 4 de octubre de 2004.
*Sergio Espinosa es arquitecto nicaragüense residente en Canadá.

http://impreso.elnuevodiario.com.ni/2005/09/16/opinion/1244

jueves, 10 de junio de 2010

Calle del comercio: calle del ruido

Doraldina Zeledón Úbeda
END - 20:05 - 09/06/2010

El día del medioambiente estuve en Jinotepe, compartiendo sobre la problemática del ruido con periodistas y funcionarios municipales. Estábamos en un local ubicado en la calle del comercio. Había que gritar, especialmente por los pitazos de los vehículos y un silbato que no sé cuál era su objetivo de sonar y sonar, como si le pagaban más entre más pitaba. Ya me sentía descompensada, como dicen los médicos. Entendí mejor el interés de los periodistas. Y dimos el primer pasito, que con el poder de la comunicación, se multiplicará.

Al final de la actividad, cuando caminábamos por el sector, nos dice Trinidad, periodista promotor del encuentro, ahora vamos al mercado. ¿Acaso esto no es el mercado?, le pregunté. No, ésta es la calle del comercio, antes era un bonito bulevar. Pero mirá, aquí no se puede caminar. Hay un nuevo mercado para reubicarlos, pero no se quieren ir, me respondió. Habría que ver por qué. Y negociar. Lo cual implica ceder ambas partes y buscar soluciones. El objetivo debe ser la tranquilidad de habitantes del sector, transeúntes y compradores. Y dar mejores condiciones a los vendedores, que están a la intemperie y en medio del ruido. Y tienen derecho al trabajo y a un ambiente saludable. Entonces, si les ofrecen un lugar mejor, ¿por qué no aceptarlo? Habría que analizar los argumentos.

En casi todas las ciudades tenemos esta situación. En algunas, los negocios son más ordenados y todavía no se han tomado las calles. De Chinandega me dijeron que el comercio es como un cáncer que se va comiendo la ciudad, que ya no hay lugar para vivir tranquilos, porque además de las ventas, los camiones que se estacionan no apagan el motor, más el ruido que hacen al descargar productos. Igual sucede en la calle del comercio de la turística Granada. Inclusive en la antes tranquila Jinotega, el ruido se ha extendido. En Managua, por todos lados hay ventas en las aceras. En Estelí, la calle del comercio también está ruidosa, sobre todo por la cantidad de vehículos, pero ahí no se han tirado a la calle. Todo esto tiene su razón, el desempleo lleva a buscar una forma para conseguir el sustento. Y la gente no se queja cuando en la acera de su casa se instalan ventas, inclusive con parlantes. Comenzó una canasta con aguacates y mangos o una venta de discos compactos, y después siguen creciendo. Hay que agregar las terminales de transporte, donde, en algunos casos, las calles aledañas se convierten en mercados. Cabe destacar el orden en las terminales de Estelí. Solamente desentonan los taxis que pitan y pitan como si la gente no los viera.

Tenemos derecho a una vivienda digna, ¿pero quién garantiza su cumplimiento? Porque no es sólo tener una casa sino que esté en un ambiente saludable, lo cual incluye que no esté invadida por el ruido. A la gente que vive en las calles de comercio, ¿quién las protege? Las municipalidades deberían construir más mercados o ampliarlos. Y con ordenamiento territorial, la gente no se instalaría en cualquier parte.

Las cámaras de comercio y las instituciones que tienen que ver con el medioambiente y la salud podrían promover un concurso de tiendas o calles organizadas, estéticas, saludables, esto podría motivar. O estas calles convertirlas en peatonales. Y sería bueno que las otras ciudades que no tienen este problema, comiencen a prevenir. Las normas de construcción deberían incluir el aislamiento acústico de las viviendas. En la medida de lo posible, porque en un país tropical y pobre, no podemos asilarlas bien debido al calor y a la falta de recursos, tanto para materiales aislantes, como para sistemas de aire acondicionado, y en algunos casos ni si siquiera ventiladores. Pero al menos no se debería construir las viviendas a la orilla de la acera, y menos los dormitorios.

Es urgente el ordenamiento territorial y una ordenanza sobre ruido o por lo menos un artículo en las ordenanzas ambientales. Y si no se ha incluido, a la hora de aplicarla entender que cuando se habla de contaminación, ahí va incluida la contaminación acústica. También es necesario que la población denuncie. A veces hay camiones estacionados frente a las viviendas, con el motor encendido, o vehículos con publicidad móvil que se parquean con el anuncio sonando. La gente se queja, se enoja, se enferma; pero no denuncia. Algunos dicen que es perder el tiempo, que es pura mentira, que las leyes para nada sirven. Entonces, las autoridades tienen doble tarea: controlar el ruido y recuperar la confianza de la gente.

domingo, 25 de abril de 2010

15º Día internacional de conciencia sobre el ruido

Hoy no haré ruido

Doraldina Zeledón Úbeda
http://www.elnuevodiario.com.ni/opinion/73183



Cada último miércoles de abril se celebra el Día internacional de conciencia sobre el ruido. Probablemente aquí tristemente sigamos escuchando los morteros. En otros países se pide un minuto de silencio. Es simbólico. Para ver el resultado del no-ruido serían necesarios unos 60 minutos. Imaginemos qué tranquilidad habría si durante una hora no se suenan las bocinas, si las motocicletas reducen la velocidad y revisan su tubo de escape. Si no se tiran morteros. Si bajamos el volumen. A la radio, la televisión, la conversación, a las discusiones, a los altoparlantes. Y en ese ambiente silencioso reflexionamos sobre todo lo bueno que trae el silencio y el daño que provoca el ruido. En nuestro contexto parece una utopía. Ojalá que pronto se le comience a dar el debido tratamiento. Porque hay campañas, presupuesto y tiempo para otros contaminantes, pero no para el control de la contaminación acústica.

No sé si los que explotan morteros (o quienes los promueven y permiten) van a reflexionar ahora sobre el daño que causan al medioambiente y la salud, y en primer lugar a ellos mismos. Pero seguro que algún día lo harán, cuando sientan los efectos o desarrollen su conciencia ambiental y la cultura de prevención. Ojalá no sea demasiado tarde. Algunos, por su formación, deberían ser promotores de la salud pública y no de la contaminación del ambiente.

Una de las peculiaridades del ruido es que no vemos sus efectos inmediatamente, a no ser que un fuerte impacto nos rompa el tímpano. Y como nos va afectando poco a poco, no le damos importancia. Lo vemos como algo normal, producto de las actividades. A pesar de esto es dañino y está en todas partes. Es la basura acústica que todos creamos, pero que nadie quiere barrer, ni las ONG. Ya es tiempo de que dejemos de verlo como inevitable o menos peligroso. Cuando nos proponemos metas generalmente lo hacemos a largo plazo, pero las conseguimos paso a paso, como cuando el médico nos dosifica el tratamiento. Así podríamos hacer contra esta pandemia: ir de a poquito, proponernos pequeñas metas para combatir los agentes del ruido. Cada sector puede establecer compromisos para hacer menos ruido, en el trabajo, el ocio, la escuela, el hogar, el vecindario.

Un compromiso de parte de quienes hacen ruido, además de quiénes tienen la responsabilidad de evitarlo y controlarlo. El Ministerio de Salud dirá: así como hago con el dengue, desde hoy pondré en práctica una campaña contra el ruido. Ministerio del Ambiente: desde hoy tomaré en cuenta el ruido para los estudios de impacto ambiental. Alcaldías: hoy barreré los altos decibeles de calles y negocios. Policía: hoy decomisaré los morteros y multaré a los vehículos que suenen la bocina sin necesidad. Católicos: desde hoy dejo de explotar pólvora, incluidos los morteros. Los evangélicos, como se les ha criticado tanto, seguramnete ya tienen su plan para predicar sin ruido. Ministerio de Transporte: nada hago por evitar el ruido, hoy propondré una norma técnica. Instituto de Turismo: vamos bien, pero el ruido ya rebasa. Esto enferma a la gente y corre a los turistas. Hoy comenzaré a proteger el ambiente sonoro saludable como un bien muy preciado. Ministerio del Trabajo: hoy controlaré el ruido industrial. Empresarios: hoy revisaremos las máquinas y aires acondicionados ruidosos. Trabajadores: hoy utilizaré protectores auditivos. Maestros: hoy aprenderemos a no arrastrar los pupitres. Asociaciones de consumidores: desde hoy, no más ruido en tiendas, restaurantes y buses. Niños: desde hoy le recordaré a mi papá que no suene la bocina.

Ministerio de Educación: hoy comienzo una campaña informativa y de sensibilización. Procuraduría de Derechos Humanos: el ruido violenta los derechos, me sumo a la campaña. Fiscalía: si el ruido lesiona la salud, es un delito, a partir de hoy escucharé a los afectados por el ruido. Diputados: realmente la paseamos al dejar el ruido como una simple falta, hoy vamos a enmendar ese error. Y ya prepararemos una ley especial. Universidad: tengo parte de responsabilidad, los profesionales los formo yo, hoy comenzaré a preparar un postgrado en acústica. Médicos: hoy tomaré en cuenta el ruido en mis diagnósticos y prescripciones. Radio Nicaragua: necesito que me escuchen, hoy eliminaré el ruido de fondo en mis noticias, debe ser por eso que no me sintonizan. El vecino: hoy bajé el volumen al televisor, ahora sintonizo la música sólo para mí y no para el vecindario. Pasajeros: ya no aguanto más, si el taxista va pitando, me bajo. Y si el bus lleva música estruendosa, también me bajo. Organizaciones de cooperación: hemos dejado a un lado a quienes trabajan contra el ruido, definitivamente hoy comienzo a apoyarlos.

En síntesis, que en todos los sectores e instituciones el compromiso sea: a partir de hoy incluiré el control del ruido en los planes, campañas, estrategias y presupuestos. Y todas las personas: hoy no haré ruido. Y así todos los días, hasta crear un hábito como bañarse. Si cada quien desde su lugar se compromete cada día, de poquito en poquito iremos preservando el ambiente sonoro saludable. Es fácil. Sólo falta voluntad.

Recuerde: el ruido puede producir hipertensión arterial, accidentes cardiovasculares, alteraciones digestivas, estrés, dolor de cabeza, problemas auditivos, pérdida de la concentración, insomnio, malhumor, afectar la voz, la comunicación, la tranquilidad, los derechos humanos, la economía, las relaciones. Por favor, baje el volumen.

domingo, 18 de abril de 2010

¿Compete a la Policía prevenir y controlar el ruido?

Doraldina Zeledón Úbeda

http://www.elnuevodiario.com.ni/opinion/74747

Cierta vez observábamos cómo dos policías parecía que ni se inmutaban ante el ruido de unos parlantes gigantes instalados en la acera de un centro comercial. Más bien daba la impresión de que los estaban resguardando. Y así vemos cómo pasan los vehículos inundando el ambiente con sus bocinazos, y los policías nada hacen. Quizás les molesta, pero no los enviaron a eso, ni han recibido instrucciones y capacitación para actuar en la prevención y control de la contaminación acústica. Y son uno de los sectores afectados por el ruido del tráfico rodado.

Durante una conferencia, una de las participantes dijo que cuando llamaban a la Policía por problemas de ruido, les contestaban que no tenían orientaciones al respecto. En otra ocasión se les llamó para que auxiliaran ante el ruido estremecedor de una discoteca, que no bastándole el alboroto que hacía desde su local, se tomó la calle para un concierto, pero dijeron en la Delegación que era una actividad con permiso de la Policía.

Reflexionando sobre esto me pregunté: ¿Será que los policías no conocen sus leyes? ¿Los mandos superiores no han orientado prevenir y controlar el ruido? ¿Tendremos que recurrir de amparo por estos permisos ilegales y por su inacción ante la contaminación acústica que viola derechos constitucionales? Entonces decidí releerme algunas leyes para ver qué resquicio encontraba como elemento que favoreciera estas respuestas e inacciones. No era necesario leer mucho, en los primeros artículos de la Ley 228 queda clara la razón de ser de la Policía. El artículo primero dice que se regirá en estricto apego a la Constitución Política y que tiene por misión, entre otras, proteger la vida, la integridad, la seguridad de las personas, la preservación del orden público y social interno.

El artículo tres señala entre sus funciones, auxiliar o proteger de manera inmediata a toda persona que así lo requiera, coadyuvar en coordinación con el Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales, las Alcaldías y Gobiernos Regionales en la vigilancia y protección del ambiente. Pero no auxiliaron cuando se les llamó. Ni protegieron el ambiente de la contaminación acústica. Quien restableció el orden fue la lluvia que calló a medianoche.

En cuanto al ruido originado por el transporte, “la Seguridad del Tránsito es la especialidad responsable de velar por la adecuada aplicación y cumplimiento de las normas de tránsito contenidas en la ley de la Policía Nacional, y las leyes y reglamentaciones particulares de la materia”. Entre estas leyes está la 431, de circulación vehicular; que, aunque el Reglamento no incluye niveles sonoros máximos, como lo hace con las emisiones de gases, humos y partículas, la Ley si contempla el ruido y las multas ¿Por que no se aplica? ¿Será porque la Policía “se rige por la más estricta disciplina de sus miembros”? (art. 2). Entonces, si no les han orientado la prevención y control del ruido, no actuarán. Y según el principio de legalidad, deben sujetarse a la jerarquía y subordinación. Pero agrega que “la obediencia debida en ningún caso podrá amparar órdenes o acciones que entrañen la ejecución de actos que manifiestamente constituyan delito o sean contrarios a las leyes”. Entonces, si un permiso va contra la Ley, no se debería respetar. Y tampoco deberían amparar inacciones, como no controlar el ruido.

Algunas atribuciones de los Jefes de Delegación son: velar por la conservación del orden público, por la vida y seguridad de las personas y de sus bienes, en el sector que comprende su jurisdicción. Prestar al vecindario el servicio de vigilancia y el pronto y eficaz auxilio a quien lo solicite. Y reitera “velar por el respeto a los derechos humanos de la ciudadanía”. Sin embargo, en las Delegaciones a veces contestan que los permisos se dan desde arriba, entonces no pueden velar por el sector de su jurisdicción, a no ser que actúen respetando el principio de “no amparar órdenes o acciones que entrañen la ejecución de actos que manifiestamente constituyan delito o sean contrarios a las leyes.” Como la Ley no es explícita, hace falta una interpretación, de tal forma que aunque falte un artículo que diga, “mirá Policía, la prevención y control del ruido también te compete”, ésta entienda que si su función es proteger la vida, la salud, los derechos humanos, la tranquilidad, el orden público, también es su función prevenir y controlar la contaminación acústica.

Realmente la tutela del ambiente sonoro saludable no sólo en el caso de la Policía hace falta que esté explícita en las leyes. Ojalá que en las nuevas normativas y en las que se reformen y actualicen, se integre el ruido. Pero la ley no basta. La solución está primero en la capacitación y sensibilización. Hay que recordar que es un tema relativamente nuevo, pero si nunca se comienza, siempre será nuevo. También hay instituciones que participan en el otorgamiento de permisos y licencias sin que se reúnan los requisitos, por lo que contribuyen a crear el problema en vez de aunar esfuerzos para prevenirlo. Y otras a las que también les compete cuidar del medioambiente y la salud, pero parece que todavía no han integrado el ruido en sus planes. También falta en la educación ambiental. Se necesita una especie de superintendencia ambiental, que coordine y controle todas las acciones y omisiones. Y más participación de parte de la población.

doraldinazu@gmail.com

28 de Abril - 15º Día Internacional de Conciencia sobre el ruido


El ruido contamina el ambiente
y afecta la salud

Provoca pérdida de la audición, estrés, dolor de cabeza, náuseas, desequilibrio corporal, afecta el sistema circulatorio, digestivo, nervioso; la respiración; el descanso, el sueño, la concentración, la comunicación, el estudio, el trabajo, la economía, los derechos humanos.

Música, películas, fiestas, deportes a todo volumen; actividades y equipos ruidosos, afectan al vecindario, pasajeros, clientes y trabajadores. Les recordamos:

•conductor, no suene la bocina, revise el tubo de escape, apague el motor cuando se estacione;

•vecino, conductor, comerciante, baje el volumen al equipo de sonido; su música es para usted, permita que los demás escuchen la que prefieran,
•discotecas, iglesias, restaurantes, centros nocturnos, acondicionen su local para evitar emisión de ruidos al vecindario;

•comerciante, empresario, no ubiquen parlantes, ni planta eléctrica en las aceras;

•empresario, administrador, evite ruidos en el ambiente laboral;

•Iglesias, católicas y evangélicas, eviten hacer ruido de parlantes y de pólvora;

•afectados por el ruido, si no hay entendimiento, denuncien a los ruidosos, en la Alcaldía, Ministerio de Salud, Procuraduría Ambiental, Ministerio del Ambiente, Policía, Ministerio Público, Juzgados. Pidan apoyo en los Centros de Derechos Humanos.

•conozcamos las leyes y exijamos que se cumplan.

No más ruido

A propósito del 14º Día Internacional de Conciencia sobre el Ruido

Doraldina Zeledón Úbeda
END - 19:46 - 28/04/2009
http://www.elnuevodiario.com.ni/opinion/46412

“No existe un lugar tranquilo en las ciudades del hombre blanco, ni hay sitio dónde escuchar cómo se abren las hojas de los árboles en primavera o cómo aletean los insectos. El ruido parece insultar nuestros oídos. Y, después de todo, ¿para qué sirve la vida si el hombre no puede escuchar el grito solitario del chotacabras ni las discusiones nocturnas de las ranas al borde de un estanque? Soy un piel roja y nada entiendo. Nosotros preferimos el suave susurro del viento sobre la superficie de un estanque”.
Jefe indio Noah Seathl (1854).

Este 29 de abril es el 14º Día Internacional de Conciencia sobre el Ruido, establecido desde 1976 por la Liga para el Deficiente Auditivo, con sede en Nueva York. No hay fecha específica, se celebra el último miércoles de abril.

El ruido está en todas partes, afectando la salud, la tranquilidad, el descanso, la comunicación, la calidad de vida, la economía, la convivencia y los derechos humanos. Esto lo saben muy bien los habitantes del barrio San Cristóbal, donde el ruido de la iglesia “Pozo de Salvación” los tiene condenados a un “pozo de desesperación”, como dicen ellos. Por eso un grupo de vecinos se sumó a la campaña mundial contra el ruido, un mal evitable si las autoridades quisieran.

Pero recordemos que no sólo los ruidos estridentes son perjudiciales, un nivel sonoro continuo de 35 decibeles puede afectar, al impedir el sueño, o en una biblioteca. Un ruido de fondo de 40 decibeles es demasiado en un aula o en un hospital. A pesar de esto y de que existe bastante información, el tema se sigue ignorando. Una de las razones es porque las ondas sonoras que nos agraden no se ven, como la basura o las columnas de humo. Porque generalmente sus efectos no son inmediatos. Y los médicos parece que no lo valoran como causa de enfermedad. También porque, erróneamente, se le considera producto del desarrollo. Y como pocas personas lo denuncian formalmente, las autoridades no se preocupan mucho. Pero sucede igual que con el agua, contaminamos desde el hogar, la recreación, el trabajo, el comercio, los servicios públicos. Y en este caso, hasta con la oración a gritos o con pólvora.

¿Qué podemos hacer hoy y todos los días? Desde el hogar: bajar el volumen a televisores y equipos de sonido, no tirar las puertas ni arrastrar muebles, no gritar. No comprar juguetes ruidosos, que además de perjudicar la salud de los niños, los inducen a la cultura del ruido. Evitar, durante la noche o en la madrugada, actividades que generan ruidos. En fin, respetar el espacio de cada uno y los derechos de los vecinos a la salud, a la tranquilidad y a disfrutar de su vivienda.

En el trabajo, lo primero debería ser capacitar en el tema del ruido y las leyes laborales que lo abordan. Disminuir el ruido o aislar los equipos. Usar protectores auditivos, cuando no se pueda reducir por otro medio. Debería ser obligatorio no sólo facilitar equipos de protección, también que el trabajador los use.

En el transporte, pidamos a los conductores que no piten. Ojalá que los prometidos buses nuevos, no tengan bocinas. Y no sólo los buses, también los taxis van pitando por todos lados. Y que bajen el volumen de su música. Si no lo hacen, bájese. Los vehículos privados también contribuyen, pues sonar la bocina es el deporte nacional. Los conductores deben acostumbrarse a reducir la velocidad, reparar la carrocería. Si llevan carga, amarrarla, para que no suene. Apagar el motor cuando se estacionen. Las cooperativas de transporte deberían capacitar sobre la prevención, control y efectos del ruido. Sería saludable que se comiencen a aplicar las leyes a los transportistas. No he podido entender por qué la Policía no actúa.

Desde la escuela se debe tomar conciencia del problema. El tema se puede abordar en las clases de lenguaje (periódicos, murales, foros, investigación, redacción, escucha), literatura, física, educación cívica, educación musical, ciencias naturales, derechos humanos, educación para la salud y para el consumidor; cultura de paz, medioambiente. Y reducir el ruido de las bandas musicales.

En las universidades, la contaminación acústica, su prevención y control, deberían ser temas de estudios en Derecho, Salud, Arquitectura, Ingeniería, Educación, especialmente en Educación Ambiental. Un postgrado de calidad ambiental o de producción más limpia estaría incompleto sin el tema del ruido. También debería ser materia en medicina forense, en el sistema de justicia. Y en la Academia de Policía; podría ser el inicio de su higiene sonora para que puedan escuchar los bocinazos.

¿Qué hacer ante un conflicto por ruido? Abandonar el papel de víctimas y asumir una actitud activa. Dejar de lamentarnos y quedarnos con los brazos cruzados. Primero, tratar de negociar, si no se puede, hay que denunciarlo. Y exigir a las autoridades que cumplan con su función de proteger la salud y el medioambiente.

El ruido es local, inmediato. Y cada día aumenta, igual que la temperatura. ¿Por qué esperar que otros denuncien el ruido que trota en mi propio oído? Hay que organizarse en cada barrio. Y actuar ya. Sin violencia, porque el ruido es “violencia acústica” y nosotros queremos convivencia, tranquilidad, paz sonora.

doraldinazu@gamil.com

Para el Día Internacional de Conciencia sobre el Ruido

Doraldina Zeledón Úbeda

El último miércoles de abril se celebra el Día Internacional de Conciencia sobre el Ruido, instaurado por la Liga para el Deficiente Auditivo, en Nueva York. El objetivo es informar y sensibilizar sobre los efectos del ruido en la audición, la salud y la calidad de vida. Dentro de las actividades que la Liga propone está hacer un minuto de silencio, de 2:15 - 2:16 de la tarde y reflexionar sobe la problemática del ruido.

En Nicaragua hemos venido sembrando la similla del no-ruido, de la paz sonora, desde el 2001, mediante artículos, comentarios, conferencias, orientaciones, publicaciones, sitios web, participación en programas de radio, etc.

Seguramente todos quisiéramos una capital más tranquila, donde se pueda trabajar sin el estrés del ruido; regresar al dulce hogar y tener dulces sueños. Venir de los departamentos y sentir satisfacción por estar en Managua y no desesperación por salir. Porque Managua es bonita por naturaleza, pero la hemos afeado con el desorden territorial y vial, con la basura y el ruido. ¿Por qué no devolver a nuestra capital al menos parte del encanto que sus habitantes añoran? ¿Y en los departamentos, quién no desea que su ciudad sea próspera y bonita, pero tranquila? Los sueños podemos hacerlos realidad. No tendremos una ciudad tranquila ya, quizás algunas no la podamos disfrutar, pero queremos creer que algún día habrá amaneceres sin ruidos y noches sin desvelos (al menos a causa del ruido). Que no se continuará afectando la salud impunemente. Poder caminar por la orilla del lago, sobre la prometida costanera que algún día será realidad, y escuchar el sonido del viento y la risa del agua. Ojalá no sea una costanera con encaje de ruidos y de plásticos, sino de olas, espumas, plantas y trinos.

Es hoy realmente un día de esperanza, a la luz de una nuevas leyes que esperamos se cumplan. Los invitamos a celebrar el Día de Conciencia sobre el Ruido. Les recomendamos:

- A los conductores, no sonar la bocina, especialmente cuando pasen cerca de escuelas, hospitales, centros infantiles y de la tercera edad.

- A gerentes de discotecas, bares, clubes nocturnos, que se acuerden del acondicionamiento acústico y bajar el volumen a la música.

- A gerentes de tiendas y supermercados, bajar el volumen a los equipos de sonido.

- A la publicidad ambulante, bajar el volumen y apagar el sonido cuando se estacionen.

- A motociclistas, revisar el tubo de escape y apagar el motor cuando se estacionen, especialmente durante la madrugada.

- A empleadores, asegurar un ambiente laboral saludable, facilitar equipos de protección y emplear tecnología menos ruidosa. Y a los sindicatos, exigirlo.

- A vendedores de discos compactos y casetes de música, bajar el volumen.

- En el hogar, bajar el volumen de los equipos, no tirar las puertas ni arrastrar muebles, no gritar, evitar actividades ruidosas durante la noche, cancelar ventanas contiguas a la propiedad vecina.

- En los Hospitales, evitar ruidos que afectan a pacientes y trabajadores.

- A todos, cuidar su salud, alejarse de ruidos fuertes, usar protectores auditivos y consultar a su médico.

- A la Policía, Alcaldías, Ministerio Público, Procuraduría del Medio Ambiente, Ministerio de Salud, Ministerio del Trabajo, al Poder Judicial, escuchar a las personas afectadas por el ruido y cumplir las leyes.

- A la Administración pública, utilizar las herramientas que le da el Derecho Ambiental para evitar, reducir y controlar la contaminación acústica: ordenamiento territorial, permisos y licencias de funcionamiento, reglamentos de construcción, evaluación de impacto ambiental, supervisones, educación ambiental, etc. - A la Procuraduría de Derechos Humanos, integrar en su trabajo los casos de violación de Derechos Humanos por contaminación acústica.

- A los ministerios de Educación y Medioambiente, integrar el tema del ruido en la Educación Ambiental. Y todos, disfrutar de sus actividades y derechos, permitiendo que los demás también disfruten. El objetivo no es reprimir sino convivir en paz. Dice nuestra Constitución que los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común.

"El respeto al derecho ajeno es la paz"

Editado 2010

Artículo 534 Código Penal- Ruido

Art. 534 Perturbación por ruido - Código Penal

El que utilizando medios sonoros, electrónicos o acústicos de cualquier naturaleza, tales como altoparlantes, radios, equipos de sonido, alarmas, pitos, maquinarias industriales, plantas o equipos de cualquier naturaleza y propósitos, instrumentos musicales y micrófonos, entre otros, ya sea en la vía pública, en locales, en centros poblacionales, residenciales o viviendas populares o de todo orden, cerca de hospitales, clínicas, escuelas o colegios, oficinas públicas, entre otras; produzcan sonidos a mayores decibeles que los establecidos por la autoridad competente y de las normas y recomendaciones dictadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS), y que causen daño a la salud o perturben la tranquilidad y descanso diurno y nocturno de los ciudadanos, será sancionado con diez a treinta días multa, o trabajo en beneficio de la comunidad de diez a treinta jornadas de dos horas diarias, y además de la suspensión, cancelación o clausura de las actividades que generan el ruido o malestar.

Las actividades tales como campañas evangelísticas masivas realizadas al aire libre en plazas, parques y calles requerirán la autorización correspondiente. Se exceptúan las actividades de las congregaciones religiosas dentro de sus templos, tales como cultos, ayunos congregacionales diurnos y vigilias nocturnas. Así mismo, se exceptúan los que tengan establecidos sistemas de protección acústica que impidan la emisión de sonidos, música o ruidos, hacia fuera de los locales debidamente adecuados para tales fines y que cuenten con la autorización correspondiente y dentro de los horarios permitidos.



Para efectos de este artículo se considerarán las siguientes escalas de intensidad de sonidos.

a)Para dormitorios en las viviendas treinta decibeles para el ruido continúo y cuarenta y cinco para sucesos de ruidos únicos. Durante la noche los niveles de sonido exterior no deben exceder de cuarenta y cinco decibeles a un metro de las fachadas de las casas;

b)En las escuelas, colegios y centros preescolares el nivel de sonido de fondo no debe ser mayor de treinta y cinco decibeles durante las clases;

c)En los hospitales durante la noche no debe exceder cuarenta decibeles y en el día el valor guía en interiores es de treinta decibeles;

d)En las ceremonias, festivales y eventos recreativos el sonido debe ser por debajo de los ciento diez decibeles.

El decibel es la unidad de medida en una escala logarítmica que sirve para expresar la intensidad de un sonido.

lunes, 29 de marzo de 2010

El ruido afecta también la fauna acuática

A propósito del Año Internacional de la Biodiversidad

Doraldina Zeledón Úbeda

El ruido producido por los animales humanos no se queda en las ciudades, también viaja dentro y sobre el agua. No son sólo los decibeles de restaurantes, carros, camionetas, buses, lanchas y motos acuáticas que se toman lagos, lagunas y costas marinas. Es uno más estridente. Que tortura, estresa y hasta mata la fauna acuática. La mayoría sensible, especialmente los cetáceos, peces, crustáceos como langostas y cangrejos. Recuerdo que antes se tiraban bombas artesanales a los ríos, como una forma de pescar. Ahí quedaba desbaratada toda la fauna, vieja, joven, bebitos y no nacidos. Piensen en esto quienes dudan que el ruido mate. Desconozco si todavía se permiten estos métodos. Pero hay otros ruidos del “desarrollo” que amenazan la biodiversidad. Aunque el desarrollo y la civilización deberían significar tecnología silenciosa.

Hay preocupación por la caza de ballenas, la pesca excesiva y sus métodos, la gran cantidad de basura y aguas residuales que brutalmente llevamos a las fuentes de agua, los derrames de petróleo; pero muy poco interés por el ruido con que el “homo sapiens” invade el mar, igual que como lo hace en tierra firme. Las bolsas de plástico se ven, los efluentes también, la sangre de las ballenas se ve y tiene color. El ruido no. Pero existe. Es omnipresente y todopoderoso sin ser Dios. Y es uno de tantos problemas en el agua y en la atmósfera terrestre.

Una de las principales fuentes de ruido en los océanos es el sónar militar, que emite sonidos de hasta 235 decibeles. Es una técnica para comunicarse o detectar buques. Sónar también se le llama al equipo utilizado, que permite generar y recibir sonidos. Otras fuentes son el transporte acuático, las exploraciones de petróleo, la industria, comercio, dragado, construcción. Inclusive el aparentemente inofensivo avistamiento de ballenas y actividades con fines de investigación pueden ser perjudiciales.

A veces se dan noticias sobre mortandad de peces o el varamiento o muerte de ballenas. Pero no se relaciona esto con el ruido. Sin embargo, la creciente contaminación acústica en los mares pone en peligro la vida de muchas especies. Igual que en el medio urbano, el ruido bajo el agua aumenta cada día. Pensemos cuántas embarcaciones recorren los mares, cuántos puestos militares están tratando de localizar barcos. Cuántos barcos de turistas, cuántos buscando bancos de peces. Leí que en el mundo hay alrededor de 80 mil barcos pesqueros grandes (Y. Alaniz P. 2007). El informe de “Ecosistemas y biodiversidad en aguas profundas y mares altos” (PNUMA-UICN, 2006), habla de alrededor de 3.5 millones incluidos los pequeños, y el uno por ciento son grandes buques industriales.

Durante los últimos sesenta años el ruido en el océano se ha duplicado en cada década. Además del aumento del nivel sonoro y de las fuentes de ruido, el sonido en el agua puede llegar a largas distancias con poca pérdida de energía, pues la velocidad aquí es, en general, de 1500 metros por segundo (influyen variantes como profundidad, temperatura, presión, salinidad, etc.), mientras en la atmósfera terrestre es de 343. Unas cinco veces mayor en el agua.

Hay animales marinos que dependen del sonido para comunicarse, orientarse, navegar, defenderse, buscar alimentos, parearse y cuidar a sus crías. Tienen un sistema de ecolocalización mediante el cual emiten sonidos y a la vez reciben el eco emitido por el entorno, lo que les permite detectar presas o depredadores, comunicarse, orientarse. Pero los ruidos antropogénicos intensos enmascaran los sonidos naturales del medio acuático, que les sirven de guía. O les dañan los oídos. Así, ya sea porque se desorientan o para evitar los ruidos, cambian su ruta y dejan su hábitat, con consecuencias fatales.

Otra de las consecuencias del ruido en los océanos es el estrés o el pánico, por lo que las ballenas, por ejemplo, suben rápidamente a la superficie, lo que les provoca el síndrome de descompresión, como les sucede a los buzos. Después de estar en la profundidad, cuando suben se les forman burbujas de nitrógeno que pueden pasar a la sangre y bloquear el sistema sanguíneo y dañar tejidos. También pueden morir por hemorragia cerebral, meníngea y en otros órganos (L. Weilgart, 2008). Esto es parte de los efectos del ruido en la fauna acuática, además de todo lo que no se sabe porque los cuerpos se van al fondo de mares, lagos o lagunas.

Gracias a organizaciones defensoras de los animales y a la Coalición Internacional de Ruido Oceánico, se han dado algunos pronunciamientos que piden mayor investigación y reducción del ruido. Y coordinación internacional. Hay normativas nacionales y tratados internacionales para la protección de los animales, que son aplicables; pero hacen falta leyes y tratados específicos relativos al ruido en el medio acuático. Para el caso de aguas fronterizas debe haber una preocupación entre las partes involucradas, pues el ruido no se queda en un paralelo ni en una boya. También habría que incidir en los estudios de impacto ambiental, por ejemplo, en las exploraciones petroleras, en los permisos para turismo, etc.

Quizás esto nos parezca ajeno y más lejano de resolver que el ruido que invade nuestras viviendas y el ámbito laboral. O pensemos que le compete al Derecho Internacional, a los gobiernos. O a instituciones y organizaciones internacionales. Pero también aquí podemos contribuir, porque nada está aislado en el universo. La biodiversidad es vital para la supervivencia en la Tierra. No podemos ser ajenos a lo que pasa en el mundo subacuático.

Pdríamos comenzar por reflexionar sobre esto cuando estemos frente a la inmensidad del mar o ante la belleza de nuestros lagos, lagunas y ríos. Y pensar en que albergan una diversidad de vidas que la ruidodiversidad mata.

doraldinazu@gmail.com

Managua, marzo de 2010.

http://www.elnuevodiario.com.ni/opinion/75152

martes, 9 de marzo de 2010

Derecho a un ambiente sonoro saludable y derechos humanos en Nicaragua


(Capítulo IV del libro Derecho a un ambiente sonoro saludable:
garantías jurídicas)


Doraldina Zeledón Úbeda
Managua, Nicaragua



Porque el hombre que clama, vale más que el que suplica:
el que insiste hace pensar al que otorga.
Y los derechos se toman, no se piden;
se arrancan, no se mendigan.


José Martí.

A- Presentación

En Nicaragua hay mucho ruido, pero poco control y pocas normativas; entonces, a falta de una ley específica, comencé a recopilar lo aplicable desde las diferentes ramas del Derecho. Y buscando dónde recurrir para denunciar el problema de contaminación, además de la Administración y el Poder Judicial, pensé en los centros de derechos humanos y en la Procuraduría de Derechos Humanos; entonces incluí en la investigación las Declaraciones universales y americanas.

Aprovechando un postgrado de Derecho Ambiental, organicé el material con las normativas aplicables que había recopilado. Así surgió el trabajo “Derecho a un ambiente sonoro saludable en Nicaragua. Garantías jurídicas” , del cual presento aquí lo referente a los derechos humanos y la contaminación acústica.

El propósito del trabajo fue sistematizar normativas jurídicas que ayudarían a garantizar el disfrute de ese derecho constitucional en Nicaragua, lo mismo que contribuir a la información y sensibilización. Lo que hice fue seleccionar del ordenamiento jurídico, normas aplicables a la lucha contra el ruido, comenzando por los derechos humanos que se violan con la contaminación acústica; y los principios del Derecho Ambiental, que si se aplicaran, se podría disminuir en gran manera el ruido. Seleccioné también normativas constitucionales, del Derecho Administrativo, Penal, Laboral, etc., que puedan aplicarse. También incluye un poco sobre conceptos y efectos de la contaminación acústica.

Entonces me di cuenta de que con frecuencia decimos que no hay leyes para prevenir y controlar el ruido, pero sucede que como está en todas partes, es inherente a las diferentes actividades que realizamos, nos invade por todos lados, por lo tanto afecta en los distintos ámbitos: laborales, sociales y familiares, de ahí que haya varias instituciones con competencias sobre los aspectos concernientes a la contaminación acústica, como Ministerio de Salud, Ministerio del Trabajo, Policía, Alcaldía, etc. Esto contribuye a que las normativas aplicables estén dispersas; además, muchas veces no fueron creadas para ese fin, lo cual hace difícil su identificación, más aún cuando el ruido es una materia a la que no se le ha prestado mucha importancia. Si el medio ambiente es la cenicienta, el ruido es la cenicienta de la cenicienta, hemos dicho .

Por supuesto, aunque haya normativas aplicables, hace falta una ley nacional específica sobre el ruido. También hace falta la aplicación de lo que existe, pues aunque sea poco y esté disperso, si se selecciona y analiza tendremos respuestas del Derecho contra el ruido. Más que leyes, necesita información y formación.

El propósito de este capítulo: “Derecho al Medioambiente Sonoro Saludable y Derechos Humanos”, es analizar cómo se violan o se protegen los derechos humanos si se viola o se protege el derecho a un ambiente sonoro saludable, vistos desde la Constitución de Nicaragua, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración Americana y la Convención Americana, principalmente.


B- Concepto de medioambiente

Se da poca importancia a la contaminación acústica dentro de los planes de medioambiente, probablemente porque no se considera el ruido como un elemento del ambiente, pues muchas veces éste se identifica sólo como el medio natural, como los recursos naturales, y no como el medio, el entorno en el cual se desenvuelve un ser vivo. Hay diferentes conceptos, unos limitados a lo natural y otros que abarcan lo cultural y las relaciones entre los diferentes elementos. Veamos algunas definiciones:

TOMÁS HUTCHINSON da una definición bastante completa: “En sentido amplio, cuando se habla de ambiente se entiende por tal el marco de vida en el que el hombre desenvuelve su existencia. Por lo que entendido en su plenitud, y desde un punto de vista humanista, comprende la naturaleza y las modificaciones que en ella introduce el ser humano. Por eso puede decirse que el medio ambiente está compuesto por la tierra, el agua, el aire, la flora y la fauna, las edificaciones, las obras de arte y los elementos subjetivos y evocativos, como la belleza del paisaje o el recuerdo del pasado, las inscripciones o señales de hechos naturales. De esta manera, para comprender el ambiente es tan importante la montaña como la evocación mística de ella haga el pueblo”.

De ahí que cuando nos referimos al ruido tengamos que recordar que muchas veces éste se debe a formas culturales, religiosas, como las celebraciones de las fiestas patronales, los cultos de los evangélicos, las purísimas, el alto volumen en los cines y las actividades recreativas en general, todas tremendamente ruidosas.

El costarricense GERARDO BARRANTES da una definición similar de medio ambiente, pero agrega las relaciones entre sus elementos: “En términos generales, el
ambiente es el entorno vital, es decir, el conjunto de elementos físicos, biológicos, económicos, sociales, culturales y estéticos que interactúan entre sí, con el individuo y con la comunidad en que vive, determinando su forma, su carácter, su comportamiento y su supervivencia. En términos más específicos, el ambiente sería el sistema constituido por el ser humano, la flora, la fauna y los microorganismos, el suelo, el agua, el aire, el clima, el paisaje; las interacciones entre los factores citados y los bienes materiales y el patrimonio cultural (…) Del párrafo anterior se desprende que el ambiente es una combinación compleja entre lo natural y lo social, lo que obliga a realizar una valoración del daño ambiental más allá de las consecuencias sobre el medio natural.”

Por eso se considera el ruido como una inmisión en forma de energía, producto de “una combinación compleja entre lo natural y lo social”, que entra al ambiente que rodea al individuo, a su atmósfera, como una molestia que afecta la salud y el descanso.
Es interesante la definición de medioambiente en una reproducción doctrinal en Sentencia del Tribunal Supremo (España) 70/2001, de 2-2-2001, Recurso de Casación 72/1996, Sala de lo Civil : “Por ambiente, entorno o medio, se entiende la sistematización de diferentes valores, fenómenos y procesos naturales, sociales y culturales, que condicionan en un espacio y momento determinados, la vida y el desarrollo de organismos y el estado de los elementos inertes, en una conjunción integradora, sistemática y dialéctica de relaciones de intercambio con el hombre y entre los diferentes recursos. Un ambiente en condiciones aceptables de vida, no sólo significa situaciones favorables para la conservación de la salud física, sino también ciertas cualidades emocionales y estéticas del entorno que rodea al hombre»
Volvemos aquí al caso del ambiente sonoro, que para ser saludable se necesita no sólo que se eviten ruidos estridentes, sino que en ese ambiente haya situaciones favorables para la salud física y psíquica, y “ciertas condiciones emocionales”. Por ejemplo, muchas veces cuando se sale de compras, en nuestra capital, sobre todo en determinadas fechas como el Día de la Madre o para Navidad, en vez de disfrutar de la música agradable alusiva a esas fechas, se regresa cansada, no por la actividad, sino por el ruido de los equipos de sonido gigantescos que instalan en las tiendas.
Para GUILLERMO CANO, un iniciador del Derecho Ambiental argentino, según el doctor FELIPE GONZÁLEZ ARZAC , “El ambiente está integrado por los elementos que se enuncian a continuación, clasificados según el grado de influencia humana sobre ellos: Primero, ambiente natural, que comprende los recursos naturales (atmósfera, tierra, suelo, pendientes, aguas no marítimas, el mar y su fondo, yacimientos mineros y recursos panorámicos). Es decir, los elementos de la naturaleza útiles al hombre”. Esta es la primera categoría. “Y los fenómenos naturales nocivos.” Se refiere a los terremotos, a las inundaciones, a lo que la Constitución de Brasil llama catástrofes. Y tercero: “El ambiente creado, el ambiente cultivado”. El ambiente cultivado son los recursos naturales producidos o inducidos por el hombre. Por último, “el ambiente creado”, que se refiere a la creación material que comprende desde la construcción de edificios hasta productos industriales y también ruidos, olores, sabores.”

El Diccionario de Ecología define así el ambiente: “Abarca este término la connotación de medio, pero incluye también las condiciones circunstanciales que rodean a individuos o cosas. Estas circunstancias pueden ser físicas (frío, calor, humedad, sequedad, iluminación, ruido) o de orden social y psíquico (alegría, tristeza, ignorancia, miseria, riqueza); también de orden biológico o natural (trópico, montaña, desierto, tundra); antropogénicos (urbano, industrial, rural)”.

Finalmente veamos qué dice la ley en Nicaragua: el artículo 5 de la Ley 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales: “Para los efectos de esta ley se entenderá por: Ambiente: El sistema de elementos bióticos, abióticos, culturales y estéticos que interactúan entre sí, con los individuos y con la comunidad en la que viven, determinando su relación y supervivencia”.

Consideramos que la definición es bastante completa y abarca casi todos los elementos señalados en las anteriores. Según esta definición, entonces, el medioambiente saludable consistiría en la calidad de esos elementos y relaciones, de tal manera que aseguren y procuren la salud de las personas y la supervivencia de los diferentes seres vivos, como la flora y la fauna, además de los elementos estéticos y culturales, que también condicionan la salud y las relaciones.

Para analizar el problema de la contaminación ambiental es necesario delimitar el concepto de medioambiente como entorno del individuo, ya que el ruido en una de sus definiciones (como sonido molesto y no deseado) se refiere a un ambiente específico, que dada su contaminación por ruidos afecta a las personas. Entonces, podemos verlo como el entorno de cada persona o su núcleo familiar o laboral; es decir, el ambiente específico que lo rodea, incluyendo los elementos naturales y culturales, enmarcado en su vecindad o en su lugar de trabajo. Y nos referimos a estos ambientes específicos porque el ruido afecta tanto en el hogar, producto del ruido domiciliar y del vecindario, incluyendo los lugares de recreación o de trabajo que emiten ruidos hacia las viviendas; y el ruido laboral que afecta a la gran mayoría de trabajadores, pero que no se le da importancia ni por parte de la empresa ni de los trabajadores ni de los sindicatos, a pesar de las diferentes normativas del Ministerio del Trabajo.

Así, ambiente sonoro es el conjunto de sonidos en un entorno, que llega a los oídos en un lugar y momentos dados. Y ambiente sonoro saludable es el entorno sin contaminación por ruido, es decir, es el ambiente libre de sonidos molestos. Un ambiente sonoro saludable es el entorno acústico en equilibrio, en armonía y que no afecte negativamente la salud, física y psíquica, ni las relaciones entre las personas.

En síntesis, el medioambiente no es sólo lo natural, sino la combinación entre una serie de factores naturales y de origen antrópico.

Con respecto al ruido podemos considerar el medioambiente como el entorno sonoro vital del individuo, con sus elementos naturales, sociales, económicos, culturales, psicológicos, estéticos, recreativos, que influyen en el desarrollo integral de su personalidad, lo que conlleva la realización de su vida privada, familiar, profesional, social, y el disfrute de sus derechos.


C- El derecho a un ambiente sonoro saludable

El artículo 60 de la Constitución de Nicaragua dice: “Los nicaragüenses tienen el derecho de habitar en un ambiente saludable; es obligación del Estado la preservación, conservación y rescate del medio ambiente y los recursos naturales”.

Y la Ley 217, Ley General del Ambiente y los Recursos Naturales, artículo 109 expresa: “Todos los habitantes tienen derecho a disfrutar de un ambiente sano, de los paisajes naturales y urbanos y el deber de contribuir a su preservación. El Estado tiene el deber de garantizar la prevención de los factores ambientales adversos, que afecten la salud y la calidad de vida de la población, estableciendo las medidas o normas correspondientes”.

Si todo se cumpliera o lo hiciéramos cumplir, creo no estaríamos en esto, pero la realidad es otra: la Constitución (Cn.) reconoce el derecho al medio ambiente saludable para todos, y su preservación, conservación y rescate, pero ni los Poderes del Estado ni los habitantes lo cumplimos. Y la Ley de Medio Ambiente amplía, ya que no son sólo los nicaragüenses sino todos los habitantes. Además, agrega la calidad de vida y, sobre todo, la responsabilidad del Estado de establecer medidas y normas.

En lo que respecta a la contaminación acústica estamos lejos de que eso se cumpla, parece que no hay una conciencia sobre la necesidad de un ambiente sonoro saludable. No obstante, el derecho al medioambiente saludable, a la salud y a la calidad de vida, por ejemplo, son derechos reconocidos no sólo en la Constitución, sino también en los Convenios y Declaraciones Internacionales sobre Derechos Humanos, que, además, la misma Constitución reconoce e integra al Derecho interno mediante el artículo 46, del capítulo de los derechos sociales, Título IV Derechos, Deberes y Garantías: “En el territorio nacional toda persona goza de la protección estatal y del reconocimiento de los derechos inherentes a la persona humana, del irrestricto respeto, promoción y protección de los derechos humanos y de la plena vigencia de los derechos consignados en la Declaración Universal de Derechos Humanos; en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la Organización de las Naciones Unidas y en la Convención Americana de los Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos”.

El doctor LOPERENA ROTA expresa que en la Declaración de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano, en Estocolmo, 1972, ya se relaciona la calidad del ambiente con el derecho a condiciones de vida satisfactoria, a la dignidad y al bienestar. Las condiciones de vida satisfactoria requieren un ambiente saludable. Realmente en todos los incisos de la proclama y en los principios se va abordando la necesidad de proteger el medio ambiente en todos los ámbitos, “especialmente en aquel en que vive y trabaja.” Y es en estos ambientes donde la contaminación acústica es más común.

Pero es en el principio primero de la Declaración de Río, 1992, donde queda claramente establecido el derecho a un ambiente saludable: “Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza (…)”. También se contempla en el art. 12.1. del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, inciso “c”, cuando dice que los Estados partes deben asegurar, entre otras cosas “El mejoramiento en todos sus aspectos de la higiene del trabajo y del medioambiente”.

Y aunque el derecho a un ambiente saludable, adecuado o equilibrado, como dicen otras constituciones, no está considerado como un derecho humano en la mayoría las declaraciones y acuerdos internacionales, se llega a él a través de los otros derechos. Por ejemplo, al ser un derecho fundamental junto con el derecho a la salud y a la dignidad de la persona, es un derecho humano, y como veremos más adelante, la protección o violación del derecho al medioambiente saludable conlleva la protección o violación de otros derechos humanos. Además, el hecho de no estar incluido en las Declaraciones, en Nicaragua no es un obstáculo para ser protegido, pues la Constitución reconoce el medioambiente como un derecho fundamental, especialmente protegido. De ahí que se considere susceptible de amparo constitucional.

Dice el artículo 188 de la Constitución: ”Se establece el Recurso de Amparo en contra de toda disposición, acto o resolución y en general en contra de toda acción u omisión de cualquier funcionario, autoridad o agente de los mismos, que viole o trate de violar los derechos y garantías consagrados en la Constitución Política”. No habla específicamente de derechos humanos, sino de derechos y garantías consagrados en la Constitución, lo cual incluye los derechos constitucionales y los demás derechos consagrados en las declaraciones internacionales, por efecto de artículo 46 Cn.

Además, el derecho al medioambiente se ha reconocido como tal en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), al concatenarlo con otros derechos que se violan al degradar el medio ambiente . Uno de los fallos que reconocen el derecho al medioambiente como un derecho humano es la sentencia en el caso López – Ostra contra España que sentó jurisprudencia al reconocer que la contaminación por ruido, olores y polvo afectaba la salud y la dignidad de las personas, lo mismo que el derecho a la elección del domicilio y a la intimidad familiar. Por tanto, la protección de estos derechos humanos conlleva la protección del derecho al ambiente saludable, y la degradación del medioambiente implica la violación al derecho de disfrutar del medioambiente saludable y los demás derechos relacionados. Y, aunque una sentencia del TEDH no sea vinculante para Nicaragua, tiene suficiente fuerza como para ser tenida en cuenta como jurisprudencia internacional; por ahora es sólo un ejemplo.

Pero el derecho a un ambiente saludable implica que se debe proteger ese derecho, lo cual es competencia del Estado, como lo dice la parte final del artículo 60 Cn.: “es obligación del Estado la preservación, conservación y rescate del medio ambiente y los recursos naturales”.

Al respecto el profesor LOPERENA ROTA expresa: el medioambiente adecuado es un derecho vinculado a la propia vida humana y precede lógicamente al propio Derecho: “Sin medioambiente adecuado no hay hombre, ni sociedad, ni Derecho”. No se puede exigir al Estado el derecho a un medioambiente adecuado, sino la protección de ese derecho. “El derecho al medioambiente adecuado no se ejerce frente al Estado. El derecho a la protección del medioambiente adecuado sí se ejerce frente al Estado. Son dos derechos de naturaleza diferente, que al menos en el plano de la teoría jurídica conviene tenerlos debidamente diferenciados.” pues no es lo mismo el derecho al medioambiente saludable que el derecho a su protección .

Y el artículo 109 de la Ley 217 agrega que la responsabilidad es de todos: “Todos los habitantes tienen derecho a disfrutar de un ambiente sano, de los paisajes naturales y urbanos y el deber de contribuir a su preservación”. Pero también implica un deber de reclamar ese derecho.

Para la protección de los derechos humanos, se creó la Procuraduría de los Derechos Humanos (Ley 212); y para la protección del medioambiente, la Procuraduría del Medio Ambiente (art.9 Ley 217), las cuales, junto con el Recurso de Amparo, los instrumentos del Derecho Administrativo y el Derecho Civil y Penal, son una garantía para el disfrute de un ambiente sonoro saludable. Al menos son una garantía que da el ordenamiento jurídico. Para que sea verdadera hace falta la integración del accionar de la Administración y un sistema de justicia sujeto a la ley, por lo que además de estas Procuradurías se cuenta con el Ministerio Público, que dentro de sus comisiones establece la Unidad Especializada Permanente de “Delitos contra el Medio Ambiente y los Recursos Naturales.” (art.4.7, Reglamento de la Ley Orgánica del Ministerio Público, Ley, 346).


D-. Otros derechos humanos relacionados
con el derecho al medio ambiente saludable

La protección, desprotección o violación del derecho a disfrutar de un ambiente saludable conlleva la protección o violación de otros derechos, pues la degradación del medioambiente implica la negación de ese derecho, lo cual repercute en otros, que para hacerse efectivo su goce o disfrute, requieren de un ambiente saludable. Dice el doctor ESCOBAR FORNOS que de nada sirve la consagración de un derecho si se limita o se suprime el derecho que le sirve de medio para lograrlo.

1- Derecho a la salud

Recordemos el artículo 60 de nuestra Constitución: “Los nicaragüenses tienen el derecho de habitar en un ambiente saludable; es obligación del Estado la preservación, conservación y rescate del medioambiente y los recursos naturales”. Y el artículo 59, relativo a la salud expresa: “Los nicaragüenses tienen derecho, por igual, a la salud. El Estado establecerá las condiciones básicas para su promoción, protección, recuperación y rehabilitación”.

Y una condición básica, indispensable para la salud, es un ambiente saludable. Es precisamente en salud el ámbito en el que en Nicaragua más se ha reclamado por contaminación acústica. La sentencia 011 del 6 de noviembre de 2001 del Juzgado Local del Crimen de Juigalpa, sentenció al director de un instituto por el ruido que se hacía durante las fiestas y por las prácticas de las bandas musicales:

“(…) en los folios 22, 23, y 24, rolan dictámenes médicos de H. M. y M. G., quienes presentan síndrome ansioso depresivo; D. M., que tiene epilepsia y síndrome ansioso depresivo. Asimismo luego de una nueva valoración médica rolan en el folio 72 dictamen de M. G., donde presenta inestabilidad con múltiples alteraciones entre ellos tristeza, insomnio, etc., recomendándole un ambiente de tranquilidad y descanso ya que de lo contrario puede descomponerse física y psicológicamente encontrando daño psicológico; en el folio 73 rola dictamen médico de H. M. quién presenta también una serie de alteraciones psicológicas, que se producen por la necesidad de defender a su familia de un ambiente externo hostil, el ciudadano se encuentra en un estado límite y en riesgo de descomponerse emocionalmente, producto de la influencia del ambiente; en el folio 74 rola dictamen de D. M., quién presenta inestabilidad emocional sin daño psicológico, por lo tanto el cuerpo del delito está plenamente demostrado. / III) EN cuanto a la delincuencia del procesado se le denuncia de hacer fiestas llamadas Cocacoladas que cuando se celebran con enormes parlantes que son puestos a todo volumen y por tanto contaminan el medioambiente, lo mismo que las prácticas de la banda de guerra del Colegio, cabe destacar que el ruido excesivo y continuo según la Ley del medio ambiente, es un medio de contaminación y perjudica al ser humano.”

Se ha admitido que al derecho al ambiente se ha llegado a través del derecho a la salud, así como a través del desarrollo del valor del Hombre se ha llegado a reconocer el valor ambiental, “aunque al incorporar el concepto de ambiente a los bienes culturales, parece que el derecho al ambiente excede el derecho a la salud.”

Un medioambiente saludable es, sin duda, garantía para la salud, de ahí que el derecho a la salud y el derecho al medio ambiente saludable sean un dúo armónico. Como dice el doctor MARTÍN MATEO en el capítulo de Protección de la salud y tutela ambiental, “Ambos tienen como era de esperar, áreas de común entendimiento ya que la calidad del ambiente es determinante para la salud humana y a su vez, una sana convivencia organizada, disminuye efectos no deseables sobre los sistemas naturales.”

En el caso de la contaminación por ruido es muy acertada la expresión “sana convivencia organizada”, puesto que uno de los casos más frecuentes de ruido es debido a que cuando organizamos o realizamos nuestras actividades, sociales, recreativas o económicas, no nos preocupamos por el vecindario, por la convivencia en sociedad, como sucede con el ruido del vecindario o del propio hogar. Lo mismo que con el ruido proveniente de lugares recreativos o con la desorganización vial y territorial característica de Managua.

El derecho a la salud es obligación del Estado: el artículo 105 de la Constitución de Nicaragua dice en el párrafo 2: “Los servicios de educación, salud y seguridad social, son deberes indeclinables del Estado, que está obligado a prestarlos sin exclusiones, a mejorarlos y ampliarlos. (…).”

El derecho a la salud es reconocido por las diferentes convenciones y tratados de Derechos Humanos. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, no contiene un artículo específico sobre el derecho a la salud, pero en su artículo 25 dice que “Toda persona tiene derecho a un nivel vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar (…)”.

Y el artículo XI de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, sobre el “Derecho a la preservación de la salud y al bienestar”, expresa: “Toda persona tiene derecho a que su salud sea preservada por medidas sanitarias y sociales, relativas a la alimentación, el vestido, la vivienda y la asistencia médica, correspondientes al nivel que permitan los recursos públicos y los de la comunidad.”.

Es importante la mención de medidas sociales, ya que si se toman medidas como la regulación de las actividades de ocio, se estaría preservando en gran manera la salud sonora de la población. Además, destaca que esas medidas sociales están relacionadas con la vivienda, para preservar la salud. Si se toman medidas de ordenación del territorio, de urbanismo y de edificación apropiadas para que no haya inmisiones de ruido, nos evitaríamos muchos problemas causados directamente por el ruido; pero también indirectamente, como pueden ser los problemas con el vecindario, por falta de una convivencia pacífica.

La Ley General de Salud de Nicaragua expresa que su objeto es “tutelar el derecho que tiene toda persona a disfrutar, conservar y recuperar su salud (…) por lo que regulará, entre otros: a.- Los principios, derechos y obligaciones con relación a la salud. b.- Las acciones de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud. c-. El saneamiento del medioambiente…” Estos tres incisos están relacionados con el ambiente saludable, lo que demuestra que indudablemente está ligado a la salud.

Y el ruido es una forma de energía que contamina el ambiente y causa daños a la salud física y psíquica. Uno de los principios de la Ley General de Salud es la integridad: “Se garantiza un conjunto de acciones integrales en las diferentes fases de la prevención, promoción, tratamiento o recuperación y rehabilitación de la salud, así como contribuir a la protección del medioambiente, con el objetivo de lograr una atención integral de la salud de la persona, su núcleo familiar y la comunidad, de acuerdo a los diferentes planes de salud” (art. 5.4).

Es satisfactorio ver cómo se incluye no sólo la salud individual, sino también del núcleo familiar y de la comunidad. Esto nos concatena con la contaminación acústica, ya que no es sólo un problema individual, sino que se da en el ambiente que rodea a la persona, por lo que afecta también a los que están en su entorno, aunque dependa de la situación particular de cada quien. Uno de esos ambientes es la vivienda, el hogar que es agredido por el ruido de vecinos, del tráfico, de lugares de ocio como restaurantes, centros de diversión, afectando así la salud. Por ello en epidemiología ambiental se estudia también las condiciones de habitabilidad y sanidad de la vivienda, entre ellas la calidad acústica.

Esto nos hace recordar la expresión del profesor MARTÍN MATEO citada arriba: “…la calidad del ambiente es determinante para la salud humana y a su vez, una sana convivencia organizada disminuye efectos no deseables sobre los sistemas naturales”. Pero también “una sana convivencia organizada” disminuiría los sonidos no deseables y molestos, es decir, evitaría el ruido en las viviendas, en el vecindario y en la ciudad. Y aun en los sistemas naturales, lo que evitaría, por ejemplo, que los animales abandonen sus nidos o su hábitat a causa del ruido de las sierras asesinas de árboles y asesinas de hábitat. O el ruido del turismo no organizado para la convivencia con los recursos naturales, ruido que también afecta a la fauna.

Quizás por todo eso, el artículo 69 de la Ley de Salud, en su primera parte expresa: “El saneamiento ambiental comprende la promoción, educación, mejora, control y manejo del ruido, calidad de aguas, eliminación y tratamiento de residuos líquidos y sólidos, aire, o la vigilancia sanitaria sobre factores de riesgo y adecuación a la salud del medioambiente en todos los ámbitos de la vida y el fomento de la investigación científica en la materia”.

Estos nos lleva a otros derechos que son violados por el ruido: el derecho a la inviolabilidad del domicilio, a una vivienda digna, al desarrollo integral de la personalidad, a la elección del domicilio.


2- Derecho a la vida privada, a la elección del domicilio,
inviolabilidad del domicilio

Cierta vez, ante la necesidad de radicar en otro lugar debido al ruido de una iglesia evangélica (algunas católicas también hacen ruido), una jovencita se preguntaba por qué se tenía que ir del barrio si ahí había nacido. No se me olvida el tono angustioso con que lo dijo. Ante situaciones como éstas, ¿quién duda que se esté violando el derecho a elegir el domicilio? Dice el artículo 31 de la Constitución: “Los nicaragüenses tienen derecho a circular y fijar su residencia en cualquier parte del territorio nacional (...).” Pero muchas veces el ruido hace inhabitables ciertos lugares, tornando imposible este derecho, por lo que algunas familias tienen que buscar un sitio menos ruidoso.

Al analizar el derecho a la salud veíamos cómo el ruido atenta contra la vida privada del individuo y de su familia, también afecta el derecho a la intimidad y a la inviolabilidad del domicilio, el derecho a una vivienda digna. Veamos lo que dice la Constitución: artículo 26: “Toda persona tiene derecho: 1)- A su vida privada y a la de su familia.2)- A la inviolabilidad de su domicilio (...)” Sin embargo, muchas veces el ruido invade las viviendas e impide la vida privada, de tal forma que las personas no pueden descansar, leer, conversar o estar a su gusto; disfrutar de la compañía de sus seres queridos. Y generalmente se ven obligadas a conocer la vida del vecino, debido a los gritos; o tienen que compartir su vida familiar con los vecinos, porque tienen que alzar la voz en su propia casa para poder conversar; todo a causa de la violencia acústica que invade las viviendas.

Con respecto a la privacidad, el artículo 64 de la Constitución de Nicaragua dice: “Los nicaragüenses tienen derecho a una vivienda digna, cómoda y segura que garantice la privacidad familiar. El Estado promoverá la realización de este derecho.” Y la Declaración Americana, artículo IX expresa que “Toda persona tiene el derecho a la inviolabilidad de su domicilio.” Por su parte la Declaración Universal de la ONU, dice en su artículo 12; “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques”.

El derecho a la intimidad personal y familiar “implica la existencia de un ámbito propio y reservado frente a la acción y el conocimiento de los demás, necesario, según las pautas de nuestra cultura, para mantener una calidad mínima de vida humana.” Sentencia 119/2001 del Tribunal Constitucional (España), citada por PÉREZ MARTOS, que continúa citando: “Teniendo esto presente, podemos concluir que una exposición prolongada a unos determinados niveles de ruido, que pueden objetivamente calificarse como evitables e insoportables, ha de merecer la protección dispensada al derecho fundamental a la intimidad personal y familiar, en el ámbito domiciliario, en la medida en que impidan o dificulten gravemente el libre desarrollo de la personalidad, siempre y cuando la lesión o menoscabo provenga de actos u omisiones de entes públicos a los que sea imputable la lesión producida.”

Este derecho también lo encontramos en la Declaración Universal, artículo 13.- l. “Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado”.

Un ejemplo lo tenemos en la jurisprudencia internacional en la sentencia “López – Ostra contra España” donde se condena al Estado español por vulneración del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, CEDH, considerando el Tribunal que los humos, ruidos y olores que producía una actividad industrial, además de perjudicar el deterioro y calidad de vida de los vecinos afectados, vulneran en la persona de las demandantes, el goce efectivo del derecho al respeto de su domicilio y de su vida privada y familiar. En la Sentencia caso Hatton y otros, contra el Reino Unido, además de declarar la violación del artículo 8 del CEDH por los ruidos de los vuelos nocturnos en un aeropuerto, también llevó a que algunos cambiaran de domicilio. Casos citados por PÉREZ MARTOS .

Veamos parte de los fundamentos jurídicos de la Sentencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, López-Ostra contra España. El caso se refiere a una planta de tratamiento de residuos sólidos y líquidos que funciona sin licencia y de la cual hay emisiones de olores, ruido y humos. Los Tribunales españoles, incluido el Constitucional, niegan protección de derechos fundamentales. La señora López Ostra, residente en Lorca, Murcia, recurre al TEDH contra España. El Tribunal falla contra España por violación del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos:
“El Gobierno llamó la atención sobre el hecho de que el Ayuntamiento alquiló a su costa un piso en el centro de Lorca, en el cual vivieron la recurrente y su familia desde el 1 de febrero de 1992 a febrero de 1993. / El Tribunal considera, sin embargo, que la familia tuvo que afrontar las molestias ocasionadas por la planta durante tres años antes de cambiar de domicilio, con todos los correspondientes inconvenientes. Sólo se mudaron cuando se hizo evidente que la situación se podría prolongar indefinidamente y cuando el pediatra de la hija de la señora López Ostra recomendó que lo hicieran. Bajo estas circunstancias, el ofrecimiento del Ayuntamiento no era suficiente para paliar las molestias e inconvenientes a los que se les sometió./ Teniendo en cuenta lo anterior, y a pesar del margen de apreciación del Estado correspondiente, el Tribunal considera que el Estado no tuvo éxito en conseguir un equilibrio adecuado entre el interés del bienestar económico de la ciudad -el de tener una planta de tratamiento de residuos- y el disfrute efectivo de la recurrente de su derecho al respeto a su domicilio y a su vida privada y familiar./ En consecuencia, ha habido una violación del artículo 8.”

3- Protección de la honra y de la dignidad

La Constitución no contempla como derecho fundamental la dignidad, sino que en el Título I consagra el respeto a la dignidad de la persona humana como uno de los principios fundamentales de la nación nicaragüense, junto con otros como la libertad y la justicia. Al ubicarlo como un principio fundamental lo consagra como un parámetro de interpretación de las normas jurídicas, pero también del actuar de todos los Poderes y de todas las personas.

La dignidad supone “el respeto debido a toda persona, por encima de sus circunstancias propias, y que prohíbe cualquier tratamiento que pueda suponer un menoscabo de sus derechos fundamentales”. “La dignidad es un valor espiritual y moral inherente a la persona, que se manifiesta singularmente en la autodeterminación consciente y responsable de la propia vida, llevando consigo la pretensión de respeto por parte de los demás. ”

El artículo 11 de la Convención Americana, expresa: “1.- Toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad. 2.- Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o reputación. 3.- Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques”.


4- Derecho al descanso

Reconocido por la Constitución dentro de los derechos laborales y por las convenciones y organismos internacionales, también tiene relación con el derecho a la salud y a la inviolabilidad del domicilio. Aquí tiene gran repercusión el ruido, especialmente en horas de descanso o durante la noche, cuando no permite dormir ni descansar, lo cual afecta la salud, como lo expresa FERNANDO LUIS DE ANDRÉS ALONSO : “Pero el flanco por el que el ruido puede atacar de manera más evidente nuestra salud es a través de la alteración del sueño. Los ruidos que interrumpen el descanso afectan al cerebro en primer término, pero también al resto del organismo, llegando a provocar alteraciones en el ritmo cardiaco y respiratorio. Este tipo de perjuicios con frecuencia tienen su causa en algo tan común como el tráfico nocturno de las ciudades. Y agrega: “Aún más evidentes resultan los daños ocasionados por alteraciones del sueño que tienen su origen en circunstancias fácilmente evitables. Son numerosos y graves los estados de ansiedad provocados por las inmisiones de ruidos nocturnos procedentes de locales de ocio mal insonorizados o incumplidores de cualquier otra obligación que les afecte. Las víctimas de este tipo de problemas los sufren con habitualidad, por lo que su estado de nerviosismo se prolonga en el tiempo y no se limita al mismo momento en que se da el problema. Al conocer con certeza que las situaciones se repetirán cíclicamente, resulta normal que su malestar se prolongue.”

Y agrega: “En ello también influye que el problema se percibe de forma diferente a como se perciben las molestias producidas por el tráfico. En el caso de los ruidos generados por locales de ocio, la víctima conoce que la situación tiene un origen claro, como es un negocio lucrativo, y cuenta con una solución relativamente fácil de acometer, que además constituye una obligación tanto para el empresario como para la administración. Sin embargo, si el afectado llega a percibir que esa solución no se consigue o no se pone en marcha, al problema concreto de las alteraciones del sueño se va a unir un evidente riesgo de ansiedad”.

El artículo XV de la Declaración Americana dice que “Toda persona tiene derecho a descanso, a honesta recreación y a la oportunidad de emplear útilmente el tiempo libre en beneficio de su mejoramiento espiritual, cultural y físico” Y la Declaración Universal, en su artículo 24: “Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas”.


5- Derecho a un ambiente laboral saludable

Sería interesante hacer una lista de lugares de trabajo donde no haya ruido y en los lugares donde haya, ver cuáles son las medidas que se toman para prevenirlo y para controlarlo y las supervisiones del Ministerio del Trabajo. También los reclamos que hacen los sindicatos y los trabajadores, y cuántos de éstos acatan las medidas y utilizan los equipos de protección, en caso de que se les faciliten. Seguramente la mayoría ni cuenta se da. Sin embargo, la Constitución sí protege y obliga a cumplir: “Los trabajadores tienen derecho a condiciones de trabajo que les aseguren en especial: 4- Condiciones de trabajo que les garanticen la integridad física, la salud, la higiene y la disminución de los riesgos profesionales para hacer efectiva la seguridad ocupacional del trabajador.” (art. 82).

El artículo 7.2 de la Convención 148 de la OIT dice: “Los trabajadores o sus representantes tendrán derecho a presentar propuestas, recibir informaciones y formación, y recurrir ante instancias apropiadas, a fin de asegurar la protección contra los riesgos profesionales debidos a la contaminación del aire, el ruido y las vibraciones en el lugar de trabajo.” Pero para poder reclamar, los trabajadores deberán estar conscientes de los problemas que causa el ruido, para lo cual necesitan información y formación.

Además, el Código del Trabajo, Ley 195, cuenta con un amplio Título IV sobre la regulación de las condiciones de trabajo para asegurar el derecho a la salud laboral. Y la nueva Ley General de Higiene y Seguridad del trabajo (No. 618). El Ministerio del Trabajo tiene una serie de normativas entre las que se incluye el control del ruido para diferentes ambientes laborales. Es en éste ámbito donde hay más normativas específicas para control de la contaminación acústica, el problema quizás sea la falta de recursos, pues los mismos trabajadores del Ministerio se han quejado por falta de condiciones, tanto en su propio ambiente laboral como para realizar su trabajo de control en otros lugares.


6- Derecho a la educación

En un ambiente escolar agredido por el ruido, no podemos esperar el mismo rendimiento que en otro tranquilo. Una de las peculiaridades del ruido es que enmascara los sonidos más débiles , haciéndolos inaudibles, lo cual afecta el aprendizaje, especialmente de sonidos semejantes. También impide la concentración.

El artículo 26 de la Declaración Universal en su inciso 2 dice que “la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana”, lo cual no puede lograrse en un ambiente ruidoso, ya que el ruido nos impide concentrarnos y comprender a plenitud lo que escuchamos o leemos.


7- Derecho a la protección especial de niños y ancianos

Según la OMS, los niños y los ancianos constituyen un grupo especialmente sensible al ruido, que merece protección. La Constitución manda en el artículo 76: “El Estado creará programas y desarrollará centros especiales para velar por los menores; éstos tienen derecho a las medidas de prevención, protección y educación, que su condición humana requiere por parte de su familia, de la sociedad y del Estado”. Y el artículo 77: “Los ancianos tienen derecho a medidas de protección por parte de la familia, la sociedad y el Estado”.

Sin embargo, la niñez y los ancianos, a pesar de ser de los grupos más sensibles a la contaminación acústica, son igualmente desprotegidos como el resto de la población. Sólo basta recordar a los niños y niñas de los semáforos, que aguantan, además del sol, el polvo y el humo, el ruido ensordecedor de los vehículos.

El artículo 19 de la Convención Americana dice: “Todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de menor requiere por parte de su familia, de la sociedad y del Estado.” Y la Declaración Universal, artículo 25.2: “La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.” En el caso de las mujeres embarazadas, según la OMS, el ruido afecta no sólo a la madre, por lo que se debería evitar la contaminación acústica tanto en centros infantiles, como en hospitales y evitar que las embarazadas estén en trabajos que generen ruidos.


8- Derecho a la integridad personal

La integridad personal está relacionada con la inviolabilidad del domicilio, el derecho a la intimidad, el derecho a la salud, derecho a la educación. Y estos derechos son violados con el ruido cuando invade el entorno del individuo, como la vivienda, la escuela, el centro de trabajo. No puede haber un desarrollo integral de la personalidad cuando el ruido perturba las actividades, los pensamientos, el descanso, el estudio, las relaciones familiares. El artículo 5 de la Convención Americana, expresa: “1.Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral”.


9- Derecho de propiedad

El ruido también afecta el derecho a la propiedad, a disfrutar de los bienes, lo cual no siempre es posible, y además puede llevar a devaluar una propiedad, porque no todo mundo acepta vivir en lugares ruidosos. El artículo XXIII de la Declaración Americana dice: “Toda persona tiene derecho a la propiedad privada correspondiente a las necesidades esenciales de una vida decorosa, que contribuya a mantener la dignidad de la persona y del hogar”. Y la Convención Americana, en su artículo 21.1:”Toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes. La ley puede subordinar tal uso y goce al interés social”. Ante la invasión acústica, ¿quién puede gozar de su vivienda?


10- Derecho a la calidad de vida

La Constitución no lo contempla como un derecho, sino como un principio. La Ley 217 expresa: “La calidad de vida de la población depende del control y de la prevención de la contaminación ambiental, del adecuado aprovechamiento de los elementos naturales y del mejoramiento del entorno natural en los asentamientos humanos.” (art.13.9).

Además de supeditar la calidad de vida a la prevención de la contaminación, agrega el “mejoramiento del entorno natural de los asentamientos humanos”; habría que incluir el entorno social.

“El TEDH, en la S. de 21 de febrero de 1990, aun cuando no se pronunció sobre las reclamaciones de los demandantes por la infracción de los artículos 6.1 y 8 del CEDH, sí admitió que determinados niveles de ruido atentan contra la calidad de vida y privan a la persona afectada del disfrute de su domicilio.”

Además, si se violan todos estos derechos que hemos analizado, ¿cómo es posible asegurar la calidad de vida? Sin embargo, si el Estado garantizara estos derechos, seguramente la calidad de vida sería mejor. Dice el doctor IVÁN ESCOBAR FORNOS que “Regular la conducta humana para proteger el ambiente. Esa es la premisa para asegurar la calidad de vida y ambiente de calidad”.


E- Alcances y límites de los derechos

Pero los derechos no son absolutos, sino que cada derecho implica un deber; y así como tenemos derechos tenemos deberes. El artículo 24 de la Constitución dice: “Toda persona tiene deberes para con la familia, la comunidad, la patria y la humanidad. / Los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común.” Entonces, mi derecho a hacer ruido termina en el derecho de mi vecino a la tranquilidad. El derecho del propietario de un casino a la libre empresa, está limitado a mi derecho al descanso y a la salud, a mi derecho a elegir el domicilio. Pero ante el roce (o choque) de estos derechos no puede predominar el derecho individual a la libre empresa, sino el derecho a un ambiente acústicamente saludable.

El artículo XXVIII de la Declaración Americana expresa: “Los derechos de cada hombre están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bienestar general y del desenvolvimiento democrático.” La Declaración Universal con respecto a la convivencia dice: artículo 29.- l. “Toda persona tiene deberes respecto de la comunidad puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática”.

La Convención Americana lo relaciona con la “Correlación entre Deberes y Derechos” y dice: en el artículo 32.1: “Toda persona tiene deberes para con la familia, la comunidad y la humanidad. 2.- Los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común, en una sociedad democrática”. Y la Declaración Americana, habla de “Deberes”, en su artículo XXIX: “Toda persona tiene el deber de convivir con las demás de manera que todas y cada una puedan formar y desenvolver integralmente su personalidad”.

En la Sentencia 474 del 23 de octubre de 1998 del juez primero del crimen de Managua, en un fallo por ruido de una iglesia expresa: “Tomando en cuenta esta autoridad el hecho de que tal y como lo alega uno de los ofendidos en su declaración como tal; si bien es cierto que se encuentra establecido en nuestra constitución política el derecho de profesar o no una religión, también el mismo cuerpo de ley establece que el derecho de un ciudadano está limitado por el derecho de los demás, y los habitantes de Ciudad Sandino tienen derecho a que se respete su tranquilidad y que no se les obligue a escuchar el programa evangélico. / Esta autoridad concluye que a partir de que la presente sentencia quede firme deberán observarse las siguientes medidas a fin de garantizar el derecho a la tranquilidad de los ciudadanos de Ciudad Sandino”

De esta sentencia se desprende que también podemos reclamar por violación del derecho a la libertad de cultos, pues como dicen los mismos demandados, ellos tienen derecho a profesar la religión que les parezca, pero los vecinos no tienen por qué ser obligados a escuchar diariamente los sermones de una religión que no profesan, es decir, los de la iglesia están violando la libertad de cultos de los vecinos.


F- Conclusión:

El derecho al medioambiente sonoro saludable es un derecho fundamental, un derecho humano. Su protección o su desprotección conllevan la protección o violación de otros derechos humanos, como el derecho a la salud, al descanso, a la educación, a la dignidad de la persona humana, al desarrollo integral, a la vivienda digna, a la inviolabilidad del domicilio, a la propiedad privada.

La violación de estos derechos mediante la contaminación acústica, es perfectamente evitable y protegerlos es función de todos los Poderes del Estado, y de todos los habitantes. Además, el derecho al ambiente saludable, sonoro saludable, debe estar por encima de cualquier otro criterio, según principios de actuación ambiental y reconocido por la Ley 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales de Nicaragua, artículo 4.

Entonces, no hay razones para priorizar otro criterio, ni económico, ni político-partidario, ni urbanístico, ni de propiedad privada, ni tecnológico, ni de recreación, etc.


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Doraldina Zeledón Úbeda

Nicaragüense. Docente, comunicadora y jurista ambiental. Con postgrados en medioambiente, educación, comunicación y derecho. Ha sido responsable de investigación y capacitación, metodóloga; directora de Relaciones Públicas, Cultura y Asuntos Estudiantiles y docente, laborando para el Ministerio de Educación y Universidades.

Actualmente se desempeña como profesional independiente y asesora a organizaciones ambientalistas, grupos de vecinos y personas afectadas por la contaminación acústica. Escribe para medios de comunicación, sobre todo temas ambientales, principalmente contaminación acústica. Ha participado en congresos internacionales de medioambiente, comunicación, ruido y derecho ambiental.


doraldinazu@gmail.com